El Instituto Nacional de Migración (INM) anunció la reactivación del Sello Especial de Permanencia, un beneficio migratorio para hijos de padre o madre hondureña nacidos en el extranjero que necesitan regularizar su estadía en Honduras.
Este mecanismo permite que los menores beneficiarios permanezcan legalmente en el país hasta cumplir los 21 años, sin necesidad de tramitar de inmediato la doble nacionalidad.
La medida está dirigida a familias hondureñas que residen en el país con hijos nacidos fuera del territorio nacional y que buscan una alternativa legal para evitar irregularidades migratorias.
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¿Qué es el Sello Especial de Permanencia?
El Sello Especial de Permanencia es una autorización otorgada por el INM a menores de edad nacidos en el extranjero que tienen al menos uno de sus padres con nacionalidad hondureña.
Con este documento, los beneficiarios pueden residir legalmente en Honduras hasta los 21 años. Durante ese tiempo, podrán decidir si inician el proceso formal para obtener la nacionalidad hondureña.

Las autoridades aclararon que este sello no sustituye el trámite de doble nacionalidad. Su función es servir como una alternativa temporal para garantizar la permanencia legal de los menores en el país.
¿Quiénes pueden solicitar este beneficio?
El beneficio aplica para hijos nacidos en el extranjero de padre o madre hondureña.
La solicitud debe ser presentada por ambos padres ante el Instituto Nacional de Migración. En caso de realizar el trámite por medio de un apoderado legal o representante, se debe acreditar la facultad de representación con el documento correspondiente.
Este proceso busca brindar seguridad jurídica a los menores y facilitar su permanencia legal en Honduras mientras las familias definen si realizarán el trámite de nacionalidad.
Requisitos para tramitar el Sello Especial de Permanencia
Para solicitar el Sello Especial de Permanencia, los interesados deben presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de ambos padres dirigida a la máxima autoridad del Instituto Nacional de Migración.
- Original y copia del pasaporte del menor beneficiario.
- Original y copia del documento de identificación de ambos padres.
- Certificado de nacimiento original del menor, debidamente legalizado y traducido al español cuando corresponda.
- Auténtica original o apostilla del país de origen.
- Recibo de pago T.G.R. por valor de 200 lempiras.
- Si el trámite se realiza mediante apoderado legal o representante, se debe presentar el documento que acredite sus facultades.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El costo indicado para este trámite es de 200 lempiras, mediante recibo de pago T.G.R., de acuerdo con los requisitos establecidos para la solicitud.
Las familias deben asegurarse de presentar la documentación completa para evitar retrasos en el proceso, especialmente cuando el certificado de nacimiento proviene de otro país y requiere apostilla, auténtica o traducción al español.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud debe presentarse en la ventanilla de Secretaría General del Instituto Nacional de Migración.
El trámite puede realizarse en la oficina principal del INM en Tegucigalpa o en la oficina regional ubicada en San Pedro Sula.
Con la reactivación del Sello Especial de Permanencia, el INM ofrece una vía temporal para que hijos de hondureños nacidos en el extranjero puedan regularizar su estadía y permanecer legalmente en Honduras hasta definir su proceso de nacionalidad.

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